El Banco Central del Uruguay, emitió una comunicación en la que recopila la normativa recientemente modifcicada para definir que el billete entintado, ahora es el papel moneda intervenido por el sistema antirrobo de neutralización por coloración de tintas, especificándose que carecen de valor circulatorio.
Al aprobar el nuevo sistema de seguridad, el Banco Central del Uruguay (BCU) modificó las Normas de Operaciones, disponiéndose que “los bancos deberán contar y clasificar los billetes recibidos a efectos de utilizar, en los movimientos en efectivo que realicen, solamente los que se encuentren aptos para ciruclar, separando los billetes deteriorados y los billetes entintados... los que sólo podrán ser utilizados para su depósito en el Banco Central del Uruguay.
Además es considerado deteriorado todo billete legítimo cuya superficie se encuentre alterada, con excepción del billete entintado, es decir aquel, cuya superficie se encuentre manchada por el uso del sistema antirrobo de neutralización por coloración de tintas. Estos billetes no tendrán valor circulatorio por lo que perderán su poder cancelatorio de obligaciones.
En parte de la normativa se explica también que los billetes entintados en moneda nacional que sean presentados por un Banco ante el Banco Central del Uruguay serán reemplazdos por otros con pleno valor circulatorio, siempre que sean denunciados como parte de una operación de seguridad.
Para la población en general se aclara que los billetes entintados presentados por personas físicas o jurídicas, tanto en la Sede del Banco Central del Uruguay como en cualquier institución financiera, deberán ser retenidos por la institución receptora y esos billetes, no serán reemplazados.
Foto:BCU
Titulares por email