Serán beneficiarios de dicha reparación moral y patrimonial las víctimas de los hechos ilícitos que "hayan sufrido la pérdida de la vida, la incapacidad permanente, total o parcial, para el trabajo o la privación de libertad por más de sesenta y dos horas".
Para los causahabientes de quienes perdieron la vida serán US$ 150.000, a quienes sufrieron incapacitación permanente, total o parcial, para el trabajo a sus causahabientes US$ 100.000 y a quienes fueron privados de su libertad por más de sesenta y dos horas o a sus causahabientes US$ 50.000
Por otro lado, el artículo 4 indica que "los beneficiarios que hayan recibido una indemnización por parte del Estado como consecuencia de una sentencia judicial, transacción, decisión administrativa o leyes especiales, solo tendrán derecho a la diferencia entre la suma efectivamente percibida, convertida a la cotización valor dólar estadounidense interbancario del día del cobro".
El aval al otorgamiento de las pensiones quedará en manos de una comisión especial que será presidida por el Ministerio de Educación y Cultura junto a dos delegados de las organizaciones "más representativas de las víctimas".
Para conceder las prestaciones se necesitará el voto de cuatro de los cinco delegados.
La iniciativa fue impulsada por Cabildo Abierto.
Foto: Javier Calvelo /adhocFotos
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